Motivos de suspensión en el Padrón de importadores
Oficios: 800-04-04-2009-18816 de fecha: 14/07/2009Regla 2.6.17.

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Hacemos de su conocimiento que la Administración Central de Contabilidad y Glosa nos manifiesta mediante oficio su preocupación, ya que ha detectado que el 95% de los contribuyentes inscritos en el Padrón de Importadores no han presentado su Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) a la que están obligadas las personas físicas y morales de conformidad on la Ley de IVA, y que el 15% de las personas físicas no han presentado su declaración anual 2008.

Al respecto, esa Autoridad en ejercicio de sus facultades, tiene proyectado suspender del Padrón de importadores a todos aquellos que no hayan dado cumplimiento en tiempo a sus obligaciones fiscales. Por lo anterior, como medida preventiva, la Autoridad ha determinado establecer los siguientes plazos a fin de que los importadores estén al corriente con sus declaraciones fiscales.

  • Presentación de la Declaración informativa con terceros (DIOT) HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2009
  • Presentación de la Declaración anual 2008 (personas físicas) HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2009

Así mismo, en los próximos días la Autoridad pondrá a disposición de los Agentes Aduanales a través del prevalidador SAAI, una "Alerta de omisiones en obligaciones", que detectará cuando el importador sea omiso en la presentación de la DIOT o de la declaración anual 2008 según corresponda, a fin de que el Agente Aduanal haga extensiva dicha información a sus clientes y éstos solventen sus obligaciones o hagan las aclaraciones que correspondan en tiempo para que no vean afectadas sus operaciones. 

Para más información:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/orientacion_oe/declaracion_informativa/69_9662.html